ᐈ Formulario I-129F Prometidos Extranjeros 【Formato, Tarifa y MÁS】

Si eres ciudadano de EE. UU. y quieres traer a tu prometido(a) extranjero(a) para casarte, debes presentar el Formulario I-129F para Prometidos Extranjeros.

Léenos, aquí te dejaremos todo lo que debes saber y hacer para lograr la Petición de Prometido(a) extranjero(a). Anímate, pues este es el primer paso para la obtención de una visa de no inmigrante K-1 para tu prometido(a).

Formato del Formulario I-129F para Prometidos Extranjeros

Antes de comenzar a explicarte todo sobre el Formulario I-129F te queremos contar qué es una visa K-1 de prometido (a).

Te toca demostrar que tienes la intensión de contraer matrimonio dentro de 90 días una vez que tu prometido(a) sea admitido a EE. UU. como no inmigrante K-1 (estatus de residente permanente legal en EE. UU, la Tarjeta Verde o Green Card). Para esto es la visa-K1 de prometido.

Formulario I-129F para Prometidos Extranjeros

Tu matrimonio debe ser válido. Debes demostrar junto a tu prometido (a) que tienen el propósito genuino de establecer una vida juntos. Tendrán que demostrar fehacientemente que su unión civil no es para obtener un beneficio de inmigración.

Si es el caso de que ya han contraído matrimonio, planean hacerlo fuera de Estados Unidos, o si tu prometido(a) ya reside legalmente en Estados Unidos, ya no será elegible para una visa de prometido (a).

Te queremos advertir que en EEUU tienen muchos mecanismos para reportar sospechas de fraude matrimonial. Ten en cuenta que el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) tiene un formulario de confidencias en línea (enlace en inglés) para reportar sospechas de beneficios/matrimonio fraudulento u otras violaciones de ley.

Instrucciones para Llenarlo

Antes de que te pongas a llenar el formulario, te dejaremos algunas recomendaciones generales antes de que presentes una petición para tu prometido(a)

Evalúa antes que nada si cumplen con las siguientes situaciones, solo así estarán en condiciones de usar el formulario:

  • Están legalmente libres para casarse y piensan hacerlo dentro de los 90 días después que tu prometido(a) sea admitido en Estados Unidos; y
  • Se conocieron en persona durante de los dos años inmediatos desde que presentaste la petición.

Podrás librarse de esta situación si pueden demostrar que presentan alguna costumbre estricta establecida por la cultura o prácticas sociales de tu prometido(a), y que los arreglos tradicionales se han cumplido o se cumplirán de acuerdo con las costumbres o prácticas. También quedaran exonerados si demuestras dificultades extremas.

Sé en extremo cuidadoso. No cometas desliz alguno. Mira que puedes afectar la elegibilidad futura de los beneficios de inmigración o provocar la deportación. Para ello debes saber que:

  • El estatus de prometido(a) desaparece automáticamente después de 90 días y no puedes pedir su extensión.
  • Tu prometido(a) debe salir de Estados Unidos al final de los 90 días si no contraen matrimonio. Si su prometido(a) no sale de Estados Unidos, estarán violando la ley de inmigración de Estados Unidos.

Ten en cuenta que también puedes hacer esta petición si presentaste o vas a presentar el Formulario I-130 a nombre de tu cónyuge para que entre en calidad de no inmigrante, esperar la disponibilidad inmediata de una visa de inmigrante y presentar luego una solicitud de ajuste de estatus.

Formulario I-129F para Prometidos Extranjeros

Si tienen hijos, pueden adquirir la ciudadanía estadounidense a través de ti. Verifica el sitio web del Departamento de Estado para más información.

Ahora sí vamos con el formulario. Te sugerimos que leas bien las instrucciones del Formulario I-129F para Petición de Prometido o Prometida Extranjero(a), complétalo, entrega toda la evidencia y documentación de apoyo que te pidan, fírmalo y paga las tarifas de presentación.

Una vez que cumplas con todo, debes saber que vas a recibir actualizaciones del estatus de su caso. Crea una cuenta de USCIS en línea para mantenerse informado.

Deberás estar pendiente de recibir distintas notificaciones sobre:

  • el recibo que confirma que hemos recibido la petición;
  • los servicios biométricos, de ser el caso;
  • la posibilidad de que te convoquen a una entrevista; y
  • la decisión de USCIS.

Utilidad del Formulario I-129F para Prometidos Extranjeros

Formulario I-129F para Prometidos Extranjeros

Con el formulario I-129F podrás aprovechar la Ley de Inmigración de EE.UU., para que tu prometido extranjero pueda viajar a Estados Unidos para poder casarse contigo, que eres un ciudadano de EE.UU.

Puedes utilizar este formulario para traer a tu:

  • Prometido(a)(K-1) y sus hijos (K-2) a Estados Unidos para que contraiga matrimonio contigo; o
  • Tu cónyuge (K-3) y a los hijos de esa persona (K- 4) a Estados Unidos para solicitar el estatus de residente permanente legal.

¿Dónde Presentar el Formulario I-129F para Prometidos Extranjeros?

Ya nos queda decirte que te cerciores de que estás entregando el formulario con tu información en una Localidad Segura (Lockbox).

Puedes elegir varios medios de entrega. Vía servicio postal (USPS) empleando esta dirección: USCIS. P.O. Box 660151. Dallas, TX 75266

A través de entregas por FedEx, UPS y DHL, colocando esta ubicación: USCIS. Attn: I-129F. 2501 South State Highway 121 Business. Suite 400. Lewisville, TX 75067

Jamás se te ocurra adjudicar este formulario en una oficina de USCIS en el extranjero.

Tarifa de la Presentación

Ahora te informaremos sobre las tarifas. Ya sabes que tiene el acceso gratuito al formulario. Debes pagar $535 por la tasa del servicio para que realices la Petición de Prometido(a) extranjero(a).

Dolares

Debes estar alerta porque no hay tarifa de presentación para un cónyuge K-3 que presenta el Formulario I-129F como cónyuge de un ciudadano estadounidense.

Puedes pagar la tarifa con un giro postal, cheque personal o cheque de cajero. También puedes pagarla con una tarjeta de crédito usando el Formulario G-1450, que es para Autorización de Transacciones con Tarjeta de Crédito. Si pagas con cheque, hazlo pagadero a nombre de U.S. Department of Homeland Security.

Cuando envías el pago estás aceptando pagar un servicio gubernamental. Por lo tanto, se tata de tarifas de presentación finales y no reembolsables. Toma la previsión de que, si estás dudoso de retirar la solicitud, no pagar la tarifa hasta que estés completamente seguro.

Como medidas de seguridad te recomendamos usar el Servicio de Cobros Confiables (TCS, por sus siglas en inglés) Pay.gov del Departamento del Tesoro de Estados Unidos para procesar su pago de tarjeta de crédito.

Puedes usar pagos de terceros siempre y cuando presenten autorización de usar tu tarjeta de crédito. Como titular de la tarjeta debes completar el Formulario G-1450, firmado y adjuntado a la solicitud.

Ojo: si la tarjeta de crédito es rechazada, no habrá posibilidad de procesar el pago con tarjeta de crédito nuevamente. Lamentablemente tu solicitud será rechazada por falta de pago.

Cualquier rechazo a tu solicitud, te será notificada con la debida explicación de los motivos.

Si presentas la solicitud o petición con enmiendas y vas a pagar de nuevo con tarjeta de crédito, tendrás que incluir un nuevo Formulario G-1450.

Evite las estafas de inmigración. Aprende a protegerte usando los servicios de inmigración y reportando las sospechas de fraude.

¿Qué es?

El Formulario I-129F es el documento con el que puedes iniciar el proceso para traer a tu prometido(a) extranjero(a) a Estados Unidos.

Es una de las formas que usa USCIS, el Departamento de Estado de EE. UU. (DOS, por sus siglas en inglés) y el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP, por sus siglas en inglés) como autoridades que controlar la seguridad nacional y la inmigración.

Ten presente que se les activará todo proceso de controles de seguridad y antecedentes. Así que habrá inspecciones en varias bases de datos para seguridad nacional, antecedentes penales y otra información sobre ti y tu prometido (a). Te pedirán huellas dactilares, nombres y toda información biográfica o biométrica. Esto no es juego. Tómalo muy en serio.Formulario I-129F para Prometidos Extranjeros

Hay un dato que casi se nos pasa. Si estuviste casado por menos de dos años en el momento en que te aprueban el Formulario I-485, USCIS otorgará a su cónyuge la condición de residente permanente condicional y emitirá una Tarjeta Verde válida por 2 años.

Le toca a tu cónyuge eliminar las condiciones en su residencia mediante el Formulario I-751, para la Petición para Cancelar las Condiciones de Residencia en los 90 días antes de que expire su Tarjeta Verde.

Como siempre te recomendamos, especifica muy bien tu caso, pues cada situación es diferente y la duración del proceso varía.

USCIS procesa las peticiones de prometido (a) en el orden en que las va recibiendo. Para que no pierdas pisada de nada, consulta permanentemente en la página de USCIS la información sobre los lapsos de procesamiento del Formulario I-129F.

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